Investigación desde lo local

Presentan nuevas etiquetas para alimentos y bebidas no alcohólicas

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La información presentada en el nuevo etiquetado advertirá al consumidor de los excesos que pudieran contener los prodcutos seleccionados

Los ajustes y requerimentos se darán de manera paulatina y entrarán en vigor a pasar del primero de octubre.

HERMOSILLO.- El nuevo etiquetado nutrimental aprobado por el Congreso de la Unión hará que los consumidores tomen mejores decisiones al momento de adquirir un producto de la canasta básica, consideró María Dolores Muy Rangel. 

La académica y titular de la Coordinación Regional Culiacán del Centro de Investigación en Alimentación y Desarrollo (CIAD), enlistó los principales cambios en la Ley General de Salud en materia de etiquetado, para alimentos y bebidas no alcohólicas. 

Ahora la información nutrimental de los alimentos deberá ser referida en 100 g o 100 ML; el contenido calórico del producto deberá reportarse en calorías (kcal) y kJoules (kJ) para 100 g o 100 ml, y citarse el componente calórico que aporta el total del producto del envase. 

También se tendrá que reportar el contenido de grasas trans y de azúcares añadidos, para que el consumidor tenga mayor claridad del contenido nutrimental. 

La información de calorías, grasas saturadas, grasas trans, azúcares añadidos y sodio deberá ser resaltada con letras negritas. 

Se anexarán las leyendas de “EXCESO de CALORÍAS, AZÚCARES, GRASAS SATURADAS, GRASAS TRANS y SODIO” en mayúsculas, dentro de octágonos negros, según la información nutrimental que presente el alimento. 

Agregó que los alimentos saludables no presentarán ningún octágono de advertencia, sin embargo, otros alimentos podrían tener desde uno hasta cinco avisos de ese tipo. 

En tanto los alimentos que presenten el símbolo de octágono de advertencia, no podrán ser respaldados por sociedades o asociaciones profesionales fomentando el consumo de producto ni ser presentado por personajes, celebridades, ofreciendo regalos, juguetes, concursos u ofertas relacionadas con el precio o el contenido.  

Será necesario declarar con mayúsculas las leyendas de “CONTIENE CAFEÍNA, EVITAR EN NIÑOS, CONTIENE EDULCORANTES, NO RECOMENDABLE EN NIÑOS”,cuando esto sea el caso de cada producto.  

Los ajustes serán paulatinos e iniciarán el 1 de octubre del 2020 con el reporte de los octágonos de exceso y los rectángulos de no recomendable para niños.

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